Cargos a docente de la Uniatlántico por presunto acoso laboral e irrespeto contra sus compañeros


La Procuraduría General de la Nación formuló cargos contra el docente de la Universidad del Atlántico, Jairo Soto Molina, por incurrir en conductas presuntamente constitutivas de acoso laboral e incumplir el deber de tratar con respeto, imparcialidad y rectitud a las personas con quienes tenía una relación laboral.
El primero de los cargos señala que entre 2019 y 2022, el investigado habría desplegado comportamientos sistemáticos, recurrentes y públicos, sobre dos compañeros de trabajo, a través de escritos irrespetuosos y ultrajantes, que difundía en redes sociales y desde su correo electrónico institucional a los miembros de la comunidad educativa.
Según el auto de cargos, al parecer, el disciplinable agredió físicamente a un docente a quien habría descalificado profesionalmente, lanzado improperios y hecho alusión pública de situaciones referentes a su intimidad y la de su familia, con lo cual pudo incurrir en acoso laboral.
En segundo lugar, el ente de control cuestionó al implicado las presuntas expresiones injuriosas, ofensivas y despectivas, así como los seudónimos con los que se refería a las personas con quienes trabajaba, a quienes tildaba de “doctor de todito”, “La hiena herida”, “pasquinera” y “plagiadora”.
Así mismo, el docente habría señalado a profesores, estudiantes, personal directivo y administrativo de cometer actos delictivos e inapropiados dentro de la institución de educación superior, sin tener ningún soporte probatorio.
En el último de los cargos se le reprochó el posible uso indebido de los bienes y recursos asignados en la universidad, por presuntamente, utilizar el correo electrónico institucional con fines distintos para los que esta herramienta se entrega a los docentes de la Uniatlántico.
Para el ente disciplinario, con estos memoriales que contenían expresiones injuriosas y ultrajantes, Soto Molina pudo lesionar la dignidad e integridad moral, así como los derechos a la intimidad y al buen nombre de los destinatarios de sus mensajes, cuestionando y demeritando sus capacidades.
La Procuraduría Regional de Atlántico calificó, provisionalmente, la primera conducta como gravísima, y la segunda y tercera como graves, cometidas todas a título de dolo.
Los sujetos procesales podrán presentar descargos y/o solicitar o aportar las pruebas que consideren necesarias para su defensa.
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