Corte Suprema rechaza dos tutelas que buscaban beneficios carcelarios para ‘Epa Colombia’


La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia declaró improcedentes dos acciones de tutela que pretendían otorgar beneficios penitenciarios a la influenciadora Daneidy Barrera Rojas, conocida como ‘Epa Colombia’, quien cumple una condena de 5 años en la cárcel El Buen Pastor por vandalizar una estación de TransMilenio en 2019.
En una de las tutelas, un seguidor de Barrera solicitaba el beneficio de casa por cárcel argumentando que la influenciadora había mostrado superación personal y contribuido al empleo a través de su empresa.
No obstante, la Corte rechazó la petición, señalando que el accionante carecía de legitimidad al no ser la persona directamente afectada por la condena.
La segunda tutela, interpuesta por un exabogado de Barrera, solicitaba que la hija de 10 meses de la influenciadora pudiera permanecer con ella en prisión.
La Corte negó esta solicitud, indicando que debía tramitarse primero ante el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF). Además, se reveló que Barrera fue informada sobre el programa de desarrollo infantil en centros de reclusión, pero rechazó esta opción en dos ocasiones.
Con esta decisión, la Corte Suprema ratifica que ‘Epa Colombia’ deberá continuar cumpliendo su condena en centro penitenciario, sin beneficios adicionales por ahora.
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