Nación indemnizará a familia de taxista muerto en atentado contra el expresidente Álvaro Uribe


Según un fallo proferido por el Consejo de Estado, la Nación deberá pagar cerca de $977 millones a la familia de Donaldo Pisciotti Duarte, el taxista que murió en medio de un atentado con explosivos realizado por la guerrilla de las Farc contra Álvaro Uribe Vélez, el 14 de abril de 2002 en Barranquilla cuanto este adelantaba su primera campaña a la Presidencia de Colombia.
El Consejo menciona que esta decisión "obedece a una demanda que, en ejercicio de la acción de reparación directa, presentaron los familiares de la persona muerta, con el fin de obtener una indemnización que resarciera los daños padecidos por este atentado terrorista, que fue atribuido a la entonces guerrilla de las Farc. Según los demandantes, el explosivo, que todo parece indicar iba dirigido al entonces aspirante a la Presidencia de la República, era un hecho previsible, toda vez que el candidato había sido objeto de amenazas y otros atentados contra su vida", indicó el Consejo de Estado que condenó al Ministerio de Defensa y a la Policía Nacional.
De acuerdo con los familiares de la víctima, las autoridades no tomaron las medidas de seguridad que deberían haber establecido a favor de la vida y la seguridad del aspirante y de las personas que estaban cerca de la caravana que fue atacada en esa jornada. Por esa razón, demandaron al Ejército, a la Policía Nacional, al Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), al Departamento del Atlántico y al Distrito de Barranquilla, con el fin de obtener una reparación a los perjuicios ocasionados.
En sentencia de primera instancia, emitida el 12 de abril del 2012, el Tribunal Administrativo del Atlántico decidió no acceder a las pretensiones de la demanda, sin embargo, la parte actora interpuso recurso de apelación contra el fallo de primera instancia, con la intención de que el Consejo de Estado ordenara repararlas.
Según el fallo, Donaldo Pisciotti Duarte se encontraba laborando como conductor de un vehículo de servicio público, resultó herido en la explosión y, pese a recibir atención médica, falleció el 10 de mayo de 2002.
El Consejo de Estado concedió las pretensiones de la demanda. Sostuvo que le corresponde a la Policía Nacional indemnizar el daño que sufrieron los familiares de la víctima, pues el atentado no era un hecho imprevisible e irresistible, dado que se tenía información sobre el riesgo que existía alrededor de la ocurrencia de actividades terroristas.
En el proceso también fueron expuestas pruebas documentales con las que contaba la Sijín sobre otros atentados contra el hoy expresidente Uribe, sobre la inminencia de otro y sobre los planes de la entonces guerrilla de las Farc para perpetrar un atentado terrorista contra los candidatos Álvaro Uribe Vélez y Horacio Serpa Uribe. También se evidenciaron instrucciones de parte del órgano de inteligencia de la Policía para reforzar la seguridad del candidato.
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