Un juzgado ordena la suspensión transitoria de la intervención de Superservicios sobre la Essmar
En horas de la mañana de este jueves 16 de diciembre se conoció el fallo de primera instancia emitido por el Juzgado Segundo Administrativo Oral del Circuito de Santa Marta, donde responde a una tutela interpuesta por el exalcalde y candidato al Senado, Rafael Martínez, ordenando la suspensión de la resolución de intervención de la Essmar, a cargo de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.
De acuerdo con la medida proferida por el juez Santander José Ortiz Marín, “se ordena de forma transitoria durante el término máximo de cuatro (4) meses, la suspensión de los efectos de la Resolución No. SSPD-20211000720935 del 22-11-2021 expedida por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios”.
Asimismo, explica que para tal efecto, dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas, el Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios, deberá adelantar todas las gestiones necesarias para suspender todos los efectos de la Resolución
Igualmente señala que “los efectos de esta decisión se mantendrán hasta por el término máximo cuatro (04) meses, o antes, si el Juez que conozca del correspondiente proceso contencioso administrativo, se pronuncia sobre las medidas cautelares antes del vencimiento del término”.
Dado este fallo, el gobernador del Magdalena, Carlos Caicedo Omar, hizo presencia inmediata en las instalaciones administrativas de la Essmar, exigiendo que se le fuera devuelto el control de la empresa. En el marco de estas exigencias, en las que participaron algunos contratistas adeptos al mandatario departamental, se generaron enfrentamientos entre Caicedo y funcionarios de Superservicios.
Debido a la exigencia de la suspensión inmediata del control de Superservicios sobre la Essmar, el equipo periodístico de Seguimiento.co se comunicó con la Superintendencia de Servicios Públicos, quien explicó que esta decisión no significa el fin de la intervención, sino que en cambio “es una medida cautelar que suspende los efectos de la resolución que ordena la toma de posesión”.
En congruencia, señalaron que la Superservicios “tiene 48 horas para definir las acciones para el cumplimiento”.
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