Concejo de Cerro de San Antonio tiene 24 horas para posesionar al nuevo Personero


El Juzgado Promiscuo Municipal de Cerro de San Antonio ordenó a la mesa directiva del Concejo de ese municipio del Magdalena, que dentro del término de 24 horas contadas a partir de la notificación, debe posesionar como nuevo Personero a Carlos Mario Rojas.
Luego de la finalización de sesiones ordinarias por parte del Concejo Municipal, el pasado sábado, y la incógnita de su posesión como Personero a pesar de existir un fallo de tutela, Rojas presentó en la mañana de este lunes un incidente de desacato ante el Juzgado Promiscuo Municipal de Cerro de San Antonio.
“(…) el señor Salvador Barranco, presidente de la mesa directiva de la referida corporación, informó a este despacho que “se procedió a darle estricto cumplimiento al fallo de tutela, realizando la entrevista al accionante, tal y como lo ordenó su despacho, ello bajo la presunción de que la legitimidad de la decisión adoptada en el mandato judicial, nos obliga a cumplirla de inmediato, relevándonos de responsabilidad disciplinaria, penal y fiscal, no dejando lugar al inicio de incidente de desacato, por ende puede entenderse su orden, como cumplida”, señala el documento del juzgado en referencia al fallo de la tutela interpuesta por Rojas por las ‘trabas’ en el concurso de Personero Municipal.
En este mismo sentido, el Juzgado también se refirió al incidente de desacato. “(…) al señor Carlos Mario Rojas Centeno, como quedó demostrado en el trámite de tutela, le están siendo vulnerados sus derechos al no efectuar no solamente la prueba de entrevista, sino al abstenerse la accionada, sin ninguna justificación de orden legal, realizar los actos que tiene a su cargo, como son el correspondiente nombramiento y posesión de quien por mérito debe ser posesionado en el cargo para el cual concursó”.
El despacho municipal de Cerro de San Antonio agregó: “(…) no entiende el despacho el porqué de manera capciosa la mesa directiva de la mencionada corporación ha dado una interpretación sesgada, corta y amañada de la orden de rango constitucional impartida, la cual es de perentorio cumplimiento…Es evidente que los derechos fundamentales del actor se amparan para materializar su efectivo acceso a la función pública, por lo que el simple cumplimiento de un requisito de trámite como, en el presente caso, lo es la prueba de entrevista, a quien es el único aspirante hábil que superó con éxito las etapas del concurso, no es suficiente para cesar la transgresión de los derechos fundamentales invocados por el tutelante”.
En el documento el juzgado señala que el Concejo no sólo prolonga la vulneración de los derechos fundamentales de Rojas, sino que además quebranta la norma constitucional que establece el derecho fundamental que se infringió y la eficacia y respeto que debe tenerse a las decisiones judiciales.
“(…) las ordenes contenidas en los fallos deben cumplirse, máxime cuando las decisiones versan sobre derechos fundamentales. En atención a la renuencia de la accionada a dar estricto cumplimiento a la orden de tutela, la obligatoriedad del cumplimiento de fallos judiciales y las facultades de esta funcionaria judicial para hacer cumplir las órdenes impartidas, se requerirá a la mesa directiva del Concejo para que, dentro del término de 24 horas, contadas a partir de la notificación de esta decisión, cumpla cabalmente con lo ordenado en fallo de tutela de fecha el 1 de Junio de 2020”.
En el documento el juzgado explica que “se ordena a la Procuraduría Provincial de Barranquilla para que, en el evento que el Concejo no cumpla a cabalidad lo ordenado en el fallo de tutela de fecha 1 de junio de 2020- adelante las investigaciones pertinentes, determinando dentro del ámbito de su competencia, si hay lugar a imponer sanción disciplinaria al funcionario remiso por incumplimiento de orden judicial”, puntualizó.
Carlos Mario Rojas fue el único que superó el examen como aspirante a Personero Municipal y el pasado miércoles presentó la prueba de la entrevista; solo le quedaba el acto de posesión, que según el fallo de tutela sería el 10 de junio y el Concejo violando esa decisión cerró las sesiones incumpliendo con la orden del juzgado.
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