JEP excluye al subdirector del Das de Santa Marta, condenado por homicidio

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) decidió excluir del conocimiento de esa jurisdicción los hechos que dieron origen al proceso penal seguido contra Javier Alfredo Valle Anaya, Subdirector del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en Santa Marta, por los delitos de homicidio agravado, concierto para delinquir agravado y peculado por apropiación.
Como se recordará, en septiembre de 2017, el Juzgado Décimo Penal del Circuito Especializado O.I.T de Bogotá condenó a Valle Anaya a la pena de 40 años de prisión, por el homicidio del sociólogo cienaguero Alfredo Correa de Andreis y de su escolta Edelberto Ochoa Martínez.
En 2007, el subdirector del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en Santa Marta salió del país con rumbo a los Estado Unidos, pero fue capturado por las autoridades estadounidenses el 5 de octubre de 2017 en Nueva York. Luego de su deportación a Colombia, Valle Anaya fue recluido en la penitenciaria La Picota en Bogotá, donde se encuentra actualmente.
Con la finalidad de recobrar su libertad y ser beneficiado con la pena alternativa de 8 años, en junio de 2018, Valle Anaya radicó una solicitud de sometimiento ante la JEP, por los hechos en los que resultó asesinado el profesor Alfredo Correa De Andreis y su escolta, los cuales fueron perpetrados el 14 de septiembre de 2014 por sicarios del Frente José Pablo Díaz de las AUC, al mando del capitán® del Ejército Edgar Ignacio Fierro Flórez, más conocido con el alias de “Don Antonio”.
Para cumplir con los requisitos de aporte a la verdad plena y reparación a las víctimas, Valle Anaya se comprometió en la JEP a “hacer aproximadamente 1000 volantes informativos sobre la convivencia a la juventud, realizar una misa a las víctimas, no residir en la Costa Norte de Colombia y realizar un diplomado en resolución de conflictos”.
En septiembre de 2024, se llevó a cabo la audiencia de seguimiento al régimen de condicionalidad de Valle Anaya, diligencia en la que el defensor de derechos humanos José Humberto Torres solicitó a la JEP la exclusión de Valle Anaya de esa jurisdicción por considerar que no hubo aporte a la verdad plena en su relatos. Además su ofrecimiento de reparación constituía una burla para la víctimas y la sociedad.
En su decisión, la Sala de definiciones jurídicas de la JEP trajo a colación los nexos del director del DAS Jorge Noguera con el Bloque Norte de las AUC, de quien dijo necesitaba de servidores que cumplieran un rol ante las autodefensas, garantía que ofrecía Valle Anaya, a quien ascendió al cargo de subdirector del DAS en el Magdalena, territorio donde operaba en toda su extensión el grupo de autodefensas con el cual uno y otro colaboraba.
En la página 25 del pronunciamiento, la JEP afirma que “La colaboración de Valle Anaya con las AUC fue determinante en la ejecución del doble homicidio. En primer lugar, se evidencia una cooperación estrecha entre el DAS y las AUC, en la que funcionarios del DAS, como Valle Anaya, no solo proporcionaron información falsa a la Fiscalía para judicializar a Correa de Andreis, sino que también facilitaron a los paramilitares datos e infraestructura del Estado para llevar a cabo asesinatos. Esta modalidad de colaboración ilustra una estrategia de persecución de personas identificadas como enemigas políticas o ideológicas consideradas de izquierda, particularmente líderes sindicales, activistas y académicos, como lo era Correa de Andreis”.
Al aplaudir la decisión adoptada por la JEP, el abogado defensor de derechos humanos José Humberto Torres manifestó que está es una victoria más de la justica contra la impunidad.
Sin embargo, dijo, aún están pendientes otras decisiones judiciales relacionadas con la vinculación al asesinato de Correa De Andreis del entonces jefe de inteligencia del extinto DAS, Giancalo Auque De Silvestre, del director seccional de Bolívar Rómulo Betancourt Garrido y del expresidente Álvaro Uribe Vélez.
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