Conozca las restricciones de movilidad para motocicletas durante Fiesta del Mar


La Alcaldía Distrital emitió un acto administrativo que restringe la circulación de motocicletas durante la Fiesta del Mar 2023, como medida para disminuir los índices de accidentalidad y criminalidad, así como mejorar la movilidad y la convivencia ciudadana.
En ese sentido, se restringe en la zona urbana y rural del Distrito el tránsito y circulación de los vehículos particulares tipo motocicletas, motociclos, mototriciclos y cuatrimotos los días 28, 29, 30 y 31 de julio de 2023, en el horario comprendido entre 4:00 de la tarde hasta las 4:00 de la mañana del día siguiente.
Cabe mencionar que tienen excepciones vehículos utilizados por el esquema de seguridad de la Presidencia de la República y actividades inherentes a ello; de los organismos de seguridad del Estado, que pertenezcan y hagan parte de la Fuerza Pública.
Así mismo, de las entidades públicas en el ejercicio de sus funciones siempre y cuando porten el respectivo chaleco y carnet que lo acrediten como personal adscrito a dicha entidad y de las autoridades de tránsito, entre otros.
Igualmente, queda prohibido en Santa Marta durante los días 26, 27, 28, 29, 30, y 31 de julio de 2023, la comercialización, venta, uso, porte, tenencia y manipulación de elementos y artículos pirotécnicos elaborados o que contengan fósforo blanco, u otras sustancias que produzcan detonación y explosión.
Por otro lado, las secretarías de Seguridad y Convivencia, de Gobierno, de Salud, de Movilidad, en coordinación con la Policía Metropolitana de Santa Marta, ejercerán la inspección, vigilancia, seguimiento, evaluación y control de las medidas adoptadas en los establecimientos comerciales en la ciudad de Santa Marta.
Ampliación de horario para venta de licor
Durante los días de celebraciones de la Fiesta del Mar 2023, el horario de funcionamiento para los establecimientos comerciales abiertos al público que tengan como actividad el expendio y/o consumo de bebidas alcohólicas o embriagantes, será el siguiente: discotecas, estaderos, estancos, cantinas, café bares, casinos, karaoke, tabernas, restaurantes y/o similares, casetas populares, establecimientos comerciales temporales y/o estacionarios en los que se desarrollen actividades culturales y/o sociales que no tuviesen regulación especial al respecto, podrán prestar sus servicios en los días de la Fiesta del Mar hasta las cuatro de la mañana 4:00 de la mañana.
Establecimientos de ventas de comidas rápidas, de ventas informales ambulantes y estacionarios de alimentos y bebidas que se encuentren debidamente autorizados por la Secretaría de Gobierno, podrán funcionar hasta la 1:00 de la mañana. Las tiendas de barrio seguirán operando hasta las 11:00 de la noche según lo dispuesto en el Decreto Distrital No. 513 de 2008.
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