Destituyen al alcalde de Sabanagrande por irregularidades en administración de $10.579 millones


El alcalde de Sabanagrande, Atlántico, José Mario Romero Cahuana, se encuentra en líos con las autoridades por presuntas irregularidades en el manejo de más de $10.579 millones embargados a una empresa particular en desarrollo de un proceso coactivo.
Es por ello que, la Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad de diez años al mandatario de ese municipio.
Así lo dio informó el procurador general de la Nación, Fernando Carrillo Flórez, en una visita que hizo a Barranquilla, donde además lanzó la campaña ‘Con la Procuraduría todos tenemos que ver, todos contra la corrupción’.
En primera instancia la @PGN_COL sancionó con 10 años de destitución e inhabilidad al alcalde de Sabanagrande #Atlántico por irregularidades en el manejo de unos recursos que estaban embargados pic.twitter.com/SkhEOeZgWU
— Fernando Carrillo F. (@fcarrilloflorez) December 12, 2019
La Procuraduría Provincial de Barranquilla determinó a través de un fallo en primera instancia que los funcionarios adicionaron esa suma de dinero al presupuesto de rentas y gastos para la vigencia fiscal del 2018, pese a que no se encontraba en firme la orden de apropiación de dichos recursos.
El Ministerio Público indicó que las personas señaladas de cometer las irregularidades desconocían que contra la medida del embargo se adelantaba un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho ante el Tribunal Administrativo del Atlántico, por lo cual no podían hacer usos de los dineros hasta que no existiera un fallo definitivo.
De la misma manera, no accedieron a ordenar el desembargo a pesar de que la empresa afectada cumplió con los requisitos exigidos para que se levantara esa medida cautelar.
Por ello, la Procuraduría consideró que con estas acciones, los implicados no acataron los principios de responsabilidad, moralidad e imparcialidad de la función administrativa, al hacer uso de los recursos embargados sin que existiera una decisión definitiva que les permitiera actuar de esa manera.
El Ministerio Público calificó la conducta de los funcionarios como gravísima cometida a título de dolo. El fallo puede ser apelado por los sancionados.
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