FARC niegan violencia sexual y asegura que por "rigores de la guerra, no se admitían embarazos"


Las FARC rechazaron este miércoles que en su organización hubiera violencia sexual hacia las mujeres que formaban parte de la guerrilla y añaden que es una "campaña mediática de desprestigio y de ataque personal".
En un comunicado, las FARC sostienen que tienen "normas de convivencia y reglamento estricto para los y las combatientes que definían el relacionamiento interno y con la población civil. Lo incumplimiento a esas normas eran sancionados con el mismo rigor de su gravedad".
Esta declaración de la Fuerza Alternativa Revolucionaria del Común (FARC) se da en momentos que exguerrilleras que hacen parte de la ONG Rosa Blanca ponen el tema en debate y cuentan los abusos a los que fueron sometidas en su paso por esa organización subversiva.
En cuanto al tema del aborto, "es importante que la sociedad colombiana conozca que la normativa interna explicaba a las mujeres que buscaban el ingreso a la guerrilla que, debido a los rigores de la guerra, no se admitían embarazos. Se promovía el uso de anticonceptivos y se entregaba formación para una vida sexual saludable y responsable. Las mujeres embarazadas debían tomar la decisión de asumir su maternidad y retirarse de la fuerza o dar por terminado su estado. La decisión era de la mujer y respetada por la organización. Si existen casos donde se faltó a la norma, serán juzgados por la JEP y los hombres y mujeres en proceso de reincorporación, se someterán a los designios de los tribunales".
¿Política de respeto?
Para las FARC, "la organización desarrolló una política de respeto e inclusión de la mujer y apostó por la construcción de valores revolucionarios en los hombres y mujeres que conformaron nuestras filas. Producto de esa política, logramos mantener nuestra lucha durante 53 años con apoyo de la población civil y la solidaridad de los pueblos del mundo".
Entre otros puntos, las FARC sostienen que "en los diálogos de La Habana, discutimos y aceptamos someternos a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), pero también aceptamos que aquellos hombres y mujeres que hubiesen cometido actos no relacionados con la lucha política deberían someterse a la justicia ordinaria. Esa determinación no se incluyó a último momento en el Congreso, como se ha querido mostrar por algunos medios".
Explicaron que la decisión está contemplada en el punto 5 del Acuerdo Final (Acuerdo sobre las víctimas del conflicto), artículo 40:
"No serán objeto de amnistía ni indulto ni de beneficios equivalentes los delitos de lesa humanidad, el genocidio, los graves crímenes de guerra -esto es, toda infracción del Derecho Internacional Humanitario cometida de forma sistemática -, la toma de rehenes u otra privación grave de la libertad, la tortura, las ejecuciones extrajudiciales, la desaparición forzada, el acceso carnal violento y otras formas de violencia sexual, la sustracción de menores, el desplazamiento forzado, además del reclutamiento
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