Conozca el nuevo ‘pico y placa’ para motocicletas en Santa Marta

La Alcaldía de Santa Marta expidió el decreto número 325 del pasado 5 de septiembre, por medio del cual se actualiza la medida de ‘pico y placa’ que restringe a circulación de motocicletas, motociclos, mototriciclos, motocarros y cuatrimotos en el área urbana del Distrito, en el horario de 7 de la mañana a 7 de la noche.
La restricción, que busca mejorar la movilidad, la seguridad vial y el ordenamiento del tránsito, será según el último dígito de la placa del vehículo:
|
Lunes |
1-2-3-4 |
|
Martes |
5-6-7-8 |
|
Miércoles |
9-0-1-2 |
|
Jueves |
3-4-5-6 |
|
Viernes |
7-8-9-0 |
Igualmente, el nuevo decreto incluye una medida de restricción para la circulación de todo tipo de acompañante o parrillero de motocicletas, motociclos, mototriciclos, motocarros y cuatrimotos que circulen en el área urbana de Santa Marta, un día hábil a la semana, en el horario comprendido entre las 7 de la mañana y las 7 de la noche.
En el mes de septiembre será todos los jueves, en octubre todos los viernes, en noviembre todos los lunes y así sucesivamente rotando los días hábiles de acuerdo a los meses siguientes duranta la vigencia del decreto que es por un año.
Los días en los que aplique la restricción de acompañante o parrillero se anula la medida de ‘pico y placa’.
Dicho decreto también restringe la circulación de motocicletas con conductores diferentes a los propietarios o poseedores. Además, el tránsito de estos vehículos en el horario entre las 12 de la medianoche y las 4:00 de la mañana.
Los propietarios, poseedores, conductores o tenedores de estos vehículos que presten el servicio público de pasajeros o servicio no autorizado serán sancionados con multas equivalentes a 30 salarios mínimos vigentes y la inmovilización del vehículo por 5 días si es por primera vez, 20 si es por segunda y 40 si es por tercera vez. En caso de reincidencia se suspenderá la licencia de conducción por seis meses y en caso de una nueva reincidencia se doblará la sanción.
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