Corpamag hace llamado para evitar consumo de hicotea e iguana en Navidad
En esta temporada de fin de año aumenta el consumo de carne de monte y con ello el incremento del tráfico de especies silvestres, afectando las poblaciones de animales y los ecosistemas en el departamento del Magdalena.
Restaurantes ubicados en plazas de mercado y en zonas rurales, ofrecen al público platos con hicoteas (Trachemys callirostris), tortugas marinas (Caretta caretta), iguanas (Iguana iguana), chigüiros (Hydrochoerus hydrochaeris), armadillos (Dasypus novemcinctus), zainos (Dicotyles tajacu), entre otros, incumpliendo con la normatividad ambiental e incurriendo en el delito de tráfico de especies silvestres.
Es por esto, que la Corporación Autónoma Regional del Magdalena con el apoyo de la Policía Nacional, adelanta operativos de control en algunos municipios del departamento, con el objetivo de detener el tráfico y el consumo de estos animales.
Es importante tener en cuenta que algunos de estos establecimientos no realizan el manejo sanitario adecuado para el consumo de las carnes, poniendo en riesgo la salud de las personas. Además, la interacción directa con los productos y subproductos puede ocasionar enfermedades infecciosas, conocidas como Zoonosis.
Así mismo, el consumo de carne de monte está asociado al maltrato animal, dado que antes de su comercialización, las especies son sometidas a prácticas crueles causándoles sufrimiento.
Recordemos que, especies silvestre como las hicoteas (Trachemys callirostris) conservan el equilibrio en el ecosistema, controla las poblaciones de ciertos animales como los insectos y hacen parte de la dieta alimenticia de aves carnívoras, caimanes y algunos mamíferos.
Y las iguanas (Iguana iguana), contribuyen con el equilibrio del ecosistema durante el proceso de germinación y dispersión de semillas. Además, sus heces son una fuente importante de micronutrientes que contribuyen a enriquecer los suelos donde habita y hacen parte de la dieta alimenticia de grandes carnívoros.
Por último, cabe anotar que, toda persona que trafique, adquiera, exporte o comercialice productos o partes de la fauna acuática, silvestre o especies silvestres exóticas, incurrirá en prisión de 60 a 135 meses y multa de 300 40 mil salarios mínimos legales mensuales vigentes.
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