Corte Constitucional aprobó la eliminación del IVA a la copa menstrual


De forma unánime, la Sala Plena de la Corte Constitucional acogió la demanda que pedía quitar el IVA a la copa menstrual al ser un producto de primera necesidad para la menstruación e higiene de las mujeres.
“Un producto, cuya imposición solo impacta la economía de las mujeres, aun cuando comparativa y estadísticamente las mujeres sufren una brecha salarial significativa frente a los hombres”, se leía en la demanda.
Para tomar su decisión, la Corte tuvo en cuenta conceptos de la Procuraduría General de la Nación, así como de organizaciones que resaltaron los beneficios económicos y ecológicos de estos productos.
En el caso del Ministerio Público, explicó que sostener el IVA en este producto era una medida impositiva que podría afectar “el mínimo vital y la salud de las mujeres con menor capacidad adquisitiva, porque les impone barreras tributarias en el acceso de nuevas tecnologías (más seguras) para el manejo de la higiene menstrual”.
“Se ha demostrado que la copa tiene mayores beneficios en términos de salud, medio ambiente y economía. En efecto, la copa cuesta menos del 10% del costo total de cualquiera de los productos desechables de higiene femenina (…) mientras una mujer tendrá que pagar más de $200.000 al año en toallas o tampones, solo tendrá que pagar $60.000 a $80.000 (IVA incluido) por una sola copa que puede durar hasta 10 años”, resaltó la Procuraduría.
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