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Miércoles 01 de Marzo de 2023 - 3:40pm

Mintransporte alista multas de más de $1 millón a conductores de plataformas

Bajo el compromiso de “control a la informalidad y la ilegalidad” el Gobierno presentó la circular con la que esperan acabar la operación de plataformas de transporte en el país.
Multas a conductores que trabajen en apps de transporte
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El pasado 22 de febrero en todo el país se llevó a cabo una jornada de paro de taxis, en la que el gremio transportador se tomó las vías nacionales para exigir la reducción del precio de la gasolina y el desmonte de las plataformas de transporte de ciudadanos.

El gobierno de Gustavo Petro convocó a un encuentro inmediato con los líderes del gremio.

La reducción del valor del combustible no entró en discusión, pues este 1 de marzo el precio subió $400.

Pero, sí se hicieron compromisos para acabar la operación de las plataformas y aplicaciones de transporte en el país.

Por eso, este miércoles se conoció la circular que estará presentando el Ministerio de Transporte, denominado ‘Reiteración lineamientos sobre control a la informalidad, ilegalidad y servicios no autorizados de transporte’, con la que se realizan modificaciones al Código Nacional de Tránsito.

El objetivo es endurecer los operativos de vigilancia y por consiguiente las sanciones, a quienes presten sus servicios a través de plataformas como Uber, Cabify, InDriver, DiDi u otras.

Multas e inmovilizaciones por más de un mes

La circular expedida desde el Viceministerio de Transporte, señala que prestar el servicio público de transporte con vehículos particulares representa un peligro para peatones y automovilistas, pues así lo determina una sentencia de la Corte Constitucional.

En congruencia, determina una reforma de la Ley 769 de 2002 del Código Nacional de Tránsito, señalando que “será sancionado con una multa equivalente a 30 salarios mínimos legales diarios vigentes el conductor y/o propietario de un vehículo automotor que conduzca un vehículo que, sin la debida autorización, se destine a un servicio diferente de aquel para  el cual tiene licencia de tránsito”.

De igual manera establece que la primera vez, el vehículo será inmovilizado durante cinco días. Sí se sorprende la infracción por segunda vez la inmovilización será por 20 días, y la tercera vez, 40.

Para hacer efectiva esta medida, la Superintendencia de Transporte solicita a las autoridades de tránsito y transporte aplicar las medidas tendientes a la inmovilización de vehículos de servicio particular.

Acotando, por último que, “el servicio de transporte es un servicio regulado, vigilado y controlado por el Estado que debe ser prestado por empresas de transporte legalmente constituidas”.

Si bien la medida ha sido aplaudida por parte de los gremios de taxistas de todo el país, gran parte de la ciudadanía tiene críticas sobre ella.

En primera instancia por las quejas continuas sobre la calidad del servicio que ofrecen los taxis, especialmente por las altas tarifas.

Y, por otro lado, temen las afectaciones sobre más de 100.000 colombianos que actualmente trabajan en este tipo de plataformas, y que ante tales multas, quedarían sin la oportunidad de emplearse.

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