Menos horas, más pagos y orden judicial para despidos: así es la reforma laboral

Luego de radicadas las reformas a la justicia y a la salud, el gobierno de Gustavo Petro se alista para presentar ante el Congreso de la República su propuesta de reforma laboral.
El documento, impulsado desde el Ministerio de Trabajo está compuesto por 77 artículos, que según han defendido sus voceros, propende por brindar garantías laborales a los trabajadores, y promete cambiar la dinámica laboral del país.
Uno de los puntos desarrollados en el proyecto, hace referencia a las promesas del presidente Petro para acabar con los contratos por prestación de servicios, argumentando que vulnera los sistemas de protección y salud a los trabajadores, puesto que la responsabilidad es deslindada del empleador.
Aunque no establece a través de qué mecanismos se hará realidad, el proyecto dice que “se garantizará la estabilidad para todas las personas y la contratación a término indefinido será la regla general”
Estabilidad laboral reforzada
Otro punto determinante en el proyecto de reforma laboral, establece que las empresas y los empleadores, deberán obtener una orden judicial si quieren despedir a un trabajador que sea madre o padre cabeza de familia, tenga una discapacidad, esté en estado de embarazo hasta los seis meses, su pareja esté en estado de embarazo o esté prepensionado.
De acuerdo a lo sostenido por Mintrabajo, así se ampara “la estabilidad laboral reforzada”, pues además de la justa causa, o de una causa legal, el trabajador no podrá ser despedido sin existir una autorización judicial que ampare la decisión.
Por otra parte, los cambios en el horario laboral es uno de los espectros más discutidos.
El artículo 20 del proyecto, determina que la duración de la jornada laboral es de ocho horas al día, y a la semana se puede cumplir un máximo de hasta 42 horas trabajadas.
En ese sentido, las horas laborales podrán distribuirse entre cinco y seis días a la semana, según lo acuerde el empleado y su empleador.
De igual manera, de aprobarse la iniciativa, el trabajo diurno en Colombia iría de 6:00 am hasta las 6:00 pm, y el nocturno de 6:00 pm a 6:00 am del día siguiente.
Y, sobre los dominicales, el pago sería “con un recargo del 100%sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas sin perjuicio del salario ordinario a que tengan derecho el trabajador por haber laborado la semana completa”.
Por último, la reforma laboral que se presentará explica que 2 a ninguna persona trabajadora se le podrá dar por terminado su vínculo si las causas que le dieron origen persisten, salvo si media causa legal o una justa causa definida legalmente, previamente demostrada, mediante un procedimiento pleno de garantías del debido proceso y del derecho de defensa”.
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