Conozca las nuevas medidas de circulación para vehículos en Ciénaga

La alcaldía de Ciénaga a través del decreto número 297 estableció unas medidas temporales para la circulación de carros y motocicletas en la calle 17 de este municipio.
El documento señala que la administración municipal, a través de la oficina de tránsito, adoptó las medidas necesarias para intervenir y garantizar la seguridad y movilidad de los habitantes de su territorio, que conlleven a mejorar la movilidad y tránsito de personas, animales y vehículos por las vías públicas, de conformidad con lo establecido en el artículo 3° de la Ley 769 de 2002, modificado por el artículo 2 de la Ley 1383 de 2010, con el fin de disminuir los índice de accidentalidad, la protección de la vida y salud de las personas, y calidad del medio ambiente.
En este sentido, la calle 17, la cual se caracteriza por ser la zona de mayor trascendencia comercial y bancaria del municipio, además que está expuesta a aglomeraciones de personas y una alta circulación de todo tipo de vehículos públicos, generando traumatismos y dificultades en el desplazamiento de peatones.
“Por lo que se hace necesario establecer medidas especiales para la reorganización, circulación, movilidad, parqueo, señalización, racionalización y utilidad de la vía y el espacio público”, expone la alcaldía.
Estas son las medidas más importantes:
Sentido único de la calle 17:
La calle 17 entre carrera 21 a la carrera 10, se modifica en una vía de flujo vehicular en único sentido, de orientación este-oeste, para la circulación de todo tipo vehículos, las 24 horas del día a partir del 28 de octubre hasta el día 30 de noviembre de 2020.
Zonas de estacionamiento:
Se autoriza como únicas zonas de estacionamientos para automotores particulares y motocicletas, las áreas comprendidas en los siguientes puntos de la calle 17: zona 1- lado sur de la calle 17 entre las carreras 14 y 17. Zona 2- lado sur de la calle 17 entre las carreras 18A y 19.
“Prohíbase el parqueo de vehículos automotores y motocicletas a lo largo de la calle 17 entre carrera 21 y 10, diferentes a los sitios o zonas indicadas en el presente artículo”.
Prohíben circulación de vehículo de servicio público:
Prohíben la circulación de todo tipo de vehículos de servicio público de pasajeros, en la calle 17 entre carreras 10 y 21, las 24 horas del día del 28 de octubre al 30 de noviembre de 2020.
“El Instituto de Tránsito del Instituto de Tránsito y Transporte (Intraciénaga), comunicará a las diferentes empresas de transporte Público de pasajeros y colectivos, establecidas en el municipio, las rutas asignadas para despacho, recogida y descensos de pasajeros”.
Inmovilización de vehículos:
La desobediencia de las medidas implementadas en el presente decreto acarreará la inmovilización preventiva del vehículo automotor o la motocicleta por parte de los Agentes de Intraciénaga.
“Además de las sanciones antes indicadas, el infractor deberá cancelar a favor de Intraciénaga el valor de la tarifa de la grúa y el parqueo en donde permanecerá el vehículo”.
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