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Sábado 16 de Julio de 2016 - 3:45pm

Exgobernador Díazgranados busca nulidad en fallo fiscal por irregularidades en el Parque Taykú

En 2014, la Contraloría del Magdalena emitió un fallo de responsabilidad fiscal que también cobijó a los exgobernadores Trino Luna y Sandra Rubiano.
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El ex gobernador Omar Díazgranados Velásquez presentó, ante el Tribunal Administrativo del Magdalena, una medida cautelar para suspender provisionalmente el fallo de responsabilidad fiscal del 17 de marzo de 2014, auto de fecha 13 de junio de 2014 y auto 19 de junio 2014 emitido por la Contraloría General del Departamento del Magdalena contra él y otros dos exgobernadores del Magdalena: Trino Luna Correa y Sandra Rubiano.

La acción, que fue trasladada por el Tribunal al ente de control dirigido en la actualidad por Ricardo Salinas Vega, está relacionada con las irregularidades detectadas en el proyecto de construcción del Parque Cultural Taykú, que inició durante el periodo de Luna Correa en Santa Marta y que nunca logró culminarse.

Según el fallo, emitido por el entonces contralor Alejandro Pérez Prada, se produjo una gestión fiscal “antieconómica e ineficiente que incidió en la producción del daño”.

En el caso de Trino Luna, durante el cargo de Gobernador del Magdalena, fue uno de los responsables de la fase de planeación del contrato de Obras Públicas Nº 081 de 2007, aunado a que “no ejerció vigilancia y control, pues durante la planeación del contrato acontecieron las fallas administrativas y técnicas mencionadas, las cuales fueron determinantes para el fracaso del proyecto, como la no firma de los planos, la mala estructuración de los diseños, entre otras, que conllevaron a que se ampliara la ejecución del contrato a un plazo superior al contratado y con todos estos errores se adelantó el proceso licitatorio sin contar con los estudios previos necesarios para ello”.

La exgobernadora Sandra Rubiano Layton, según el fallo de responsabilidad fiscal, “omitió ejercer su deber de vigilancia y control; así mismo ordenó ejecutar un contrato sin el lleno de los requisitos para ello, específicamente por ordenar el inicio del proyecto parque Taykú, sin contar con la debida licencia de construcción, incumpliendo lo señalado en los artículos 99 y 103 de la Ley 388 de 1997, lo que engendró posteriormente una orden de suspensión de las obras por el término de 45 días, con mayores costos y permanencia en la obra; además por no verificar junto con el interventor; estas omisiones que fueron definitivas para que el proyecto se frustrara”.

En cuanto a Omar Díazgranados Velásquez, es cobijado por la providencia, porque si bien es cierto que él no celebró el contrato objeto de investigación, “también lo es, que él no debió limitarse a liquidar el contrato en mención, si no por el contrario, debió realizar las gestiones contractuales-administrativas tendientes y necesarias para buscar el cumplimiento de los fines estatales como era, terminar las obras ejecutadas mediante el contrato No. 081 del 9/02/2007; máxime cuando el Comité integrado por Dr. Marcos Mejía Bacca, la Dra. Sandra Rubiano (Gerente del Proyecto), Dr. Fabián Saumeth (Secretario de Infraestructura del Dpto.) y otras personas, establecieron, que las obras se habían ejecutado en un 70%, siendo viable su culminación, y así se hubiese contribuido y velado por los derechos que tiene la comunidad Magdalenense frente al Estado”:

Además, Díazgranados “no tuvo en cuenta como base de liquidación del mismo, los ($121.605.817.00) pertenecientes a imprevistos derivados del A. I. U. (Administración, Imprevistos y Utilidad), lo que lo forzaba a que de esta suma de dinero, se subsanaran todos los gastos “imprevistos” que se presentan normalmente en una ejecución de una obra como el proyecto Taykú; violando los principios de economía y responsabilidad estipulados en la Ley”.

Para la Contraloría, los exfuncionarios tenían dentro de sus funciones la obligación adquirida “por compromiso propio de llevar a cabo un proyecto diferente para la ciudad de Santa Marta y que por causa de la indebida supervisión, planeación, estudio y sin tener presente los requisitos de ley necesarios para desarrollar la obra, el mismo nunca llegó a buen término y por el contrario, los recursos inyectados al mismo, hoy se puede decir que fueron recursos mal invertidos”.

El daño patrimonial causado al Magdalena, en estimaciones de la Contraloría, asciende a un valor de $3.031.560.771,98.

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