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Viernes 13 de Diciembre de 2024 - 4:45pm

Procuraduría sanciona a cuatro funcionarios del Inpec por facilitar la fuga de Aida Merlano

El Ministerio Público confirmó que contribuyeron desde sus cargos para que la excongresista se fugara de la cárcel de mujeres El Buen Pastor.
Aida Merlano
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La Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad general por ocho años a la exsubdirectora del penitenciario El Buen Pastor, Katherine Lozano Forero, por facilitar la fuga de Aida Merlano.

Por los mismos hechos, el ente de control también disciplinó por 8 años al comandante de Custodia y Vigilancia, David Alexander Álvarez Cárdenas; a la teniente en prisiones, Diana Cecilia Muñoz Miguez; y al dragoneante, Luis Alejandro Ballesteros Rincón, con suspensión de 3 meses.

Se corroboró que Lozano Forero, mientras ejercía como directora encargada, aprobó los documentos judiciales para el traslado de la condenada a un consultorio médico los días 26 de septiembre y 1 de octubre de 2019.

La Procuraduría verificó que Álvarez Cárdenas, mientras se encontraba de vacaciones, firmó la remisión médica de la interna al centro odontológico “Clínica de la Sabana” en Bogotá, sin garantizar las medidas de seguridad necesarias para dicho traslado.

Asimismo, el ente disciplinario confirmó que Muñoz Miguez entregó las boletas hospitalarias y la orden judicial que autorizaba la salida de Merlano Robledo del centro de reclusión, con el propósito de realizarse un procedimiento estético dental.

Por su parte, el organismo de control estableció que Ballesteros Rincón permitió que la interna interactuara con sus hijos, Aida Victoria y Esteban, durante su permanencia en el centro médico, lo que facilitó su posterior fuga.

La entidad concluyó que “los disciplinados vulneraron los principios de moralidad, responsabilidad, transparencia y eficacia establecidos por la ley para el cumplimiento de las funciones de los servidores públicos”.

Finalmente, la Procuraduría Distrital de Juzgamiento calificó las faltas del comandante y de la teniente como gravísimas, a título de dolo; las de la subdirectora como gravísimas, a título de culpa gravísima; y las del dragoneante como graves, a título de culpa.

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