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Viernes 17 de Febrero de 2023 - 9:39am

La Procuraduría podrá sancionar a elegidos por voto popular, pero no podrá tumbarlos

Aunque el Ministerio Público podrá sancionar e investigar disciplinariamente a servidores públicos, las decisión final será del Consejo de Estado.
Procuraduría.
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La Corte Constitucional 'dio de baja' uno de los pilares de la reforma a la Procuraduría General que impulsó la jefe del Ministerio Público Margarita Cabello y que contó con el apoyo del gobierno de Iván Duque: las funciones jurisdiccionales.

La reforma le daba facultad al ente de control para destituir, suspender e inhabilitar a funcionarios públicos elegidos por voto popular, como gobernadores, concejales, alcaldes y diputados. No obstante, este jueves, con ponencia de los magistrados Juan Carlos Reyes y José Fernando Reyes, el alto tribunal no le dio la razón y explicó que la Procuraduría no puede tener las funciones de un juez.

En su decisión, el alto tribunal exhortó al Congreso crear un estatuto para los servidores de elección popular en el que se incluya un régimen disciplinario especial que materialice los estándares nacionales e internacionales en materia de protección y garantía de los derechos políticos y electorales.

En ese sentido, la Corte dejó claro que la Procuraduría es competente para investigar y juzgar disciplinariamente a los funcionarios públicos, incluidos los servidores de elección popular, salvo que gocen de fuero constitucional.

“Es imperioso asegurar que las decisiones sancionarías de la Procuraduría en contra de los servidores de elección popular no puedan ser ejecutadas antes de que medie un control jurisdiccional. Lo anterior, pues así, por un lado, se respetan las facultades constitucionales de investigación y juzgamiento disciplinario del órgano del control y, por otro lado, se asegura la reserva judicial debido a que la decisión final sobre la imposición de la sanción disciplinaria corresponde a un juez de la República”, señaló el alto tribunal.

La decisión de la Corte quedó en firme este jueves luego de que en Salas Plenas pasadas la ponencia de la magistrada Cristina Pardo fuese derrotada. Así pues, los que llevaron la batuta de la decisión fueron los magistrados Reyes y Cortés, siendo este último un exmiembro de la Procuraduría, pues fungió como viceprocurador en la administración de Fernando Carrillo.

No obstante, inicialmente, presentó un impedimento para conocer de la discusión, terminó siendo uno de los ponentes

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