Pedro Eslava demandó elección de Vera y pide que se repita la consulta para elegir rector
Como un último recurso al no haber sido elegido rector de la Universidad del Magdalena, el excandidato Pedro Eslava Eljaiek interpuso una demanda ante el Tribunal Administrativo del Magdalena con la que pretende que se declare la nulidad del acto de nombramiento de Pablo Vera Salazar como rector de la Unimagdalena para el periodo 2016-2019.
En las pretensiones de la demanda, Eslava no solamente solicita que se declare nula la sesión en la que resultó elegido Vera, sino que además “pretende que se emita ordenación al Consejo Superior de la Universidad del Magdalena, a fin de que se sirva convocar a consulta rectoral de acuerdo a la normatividad legal y estatutaria vigente”. Dicho de otro modo, que se repitan las elecciones en la que estudiantes y profesores votaron para dar umbral a los candidatos a rector.
Como medida cautelar, Eslava también plantea en la demanda que se le pida al Consejo Superior que “se abstenga” de darle posesión a Pablo Vera Salazar, acto que está programado para llevarse a cabo el próximo 25 de noviembre, “y permita la continuidad” de Ruthber Escorcia.
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Los argumentos de Eslava
La nuez de los argumentos del candidato perdedor Pedro Eslava se sustenta en que la sesión del Consejo Superior que se llevó a cabo el pasado 28 de septiembre, a la que asistieron 6 de los 9 miembros de esta corporación con derecho a voto, no fue legal porque la convocó la gobernadora del Magdalena y no la Secretaría General del Consejo Superior.
Ese día, mientras los 6 miembros asistentes a la sesión en Santa Marta (la Gobernación, representante del Presidente, de los Egresados, los Docentes, los Estudiantes y el Sector Productivo) elegían a Pablo Vera por unanimidad, los otros 3 miembros disidentes (Representante de los exrectores, directivas académicas y el Ministerio de Educación), en compañía del rector Ruthber Escorcia (que no tiene voto en la elección) se reunían paralelamente en Bogotá, en la que, según ellos, era la verdadera sesión convocada por la Secretaría General de la Universidad, que hace las veces también de Secretaría General del Consejo Superior.

A partir de ahí se desprenden otros argumentos que Pedro Eslava planteó ante los estamentos judiciales, en la búsqueda de que se declare nula la elección de Pablo Vera. Por ejemplo, que el señor Álvaro Méndez Navarro, que actuó como delegado de la gobernadora del Magdalena y presidió la sesión, no tenía las competencias para hacerlo.
El excandidato Eslava también planteó que en esa sesión se decidió una recusación que pesaba sobre el representante de los estudiantes, Fabio Andrés Fernández Pinto, sin que existiera la mayoría para hacerlo (Según Eslava deberían ser seis miembros y no cinco) los que podrían votar la recusación en la que se señalaba que el joven estaba inhabilitado para votar, debido a que al parecer un pariente suyo había sido beneficiado con un contrato por parte de la Universidad.
El tribunal desvirtuó los argumentos
Estos y otros argumentos planteado por Pedro Eslava fueron analizados preliminarmente por el Tribunal Administrativo del Magdalena, que en un primer esbozo consideró que los argumentos planteados no fueron suficientes para ordenar una medida cautelar que le impida a Pablo Vera tomar posesión como rector de la Universidad del Magdalena.
De acuerdo con el Tribunal, “contrario a lo expresado por el accionante, no resulta pasible interpretar que se configura quebrantamiento normativo alguno”.
El Tribunal aclara que no se puede determinar “la irregularidad” en la sesión que se celebró el 28 de septiembre en Santa Marta con los 6 miembros del Consejo Superior, pues este puede sesionar “por convocatoria del presidente de dicha Corporación (…) lo cual habilita la posibilidad de que la mentada sesión se realizara por convocatoria de la gobernadora del departamento, en su calidad de presidente del ente universitario”.
Asimismo, el Tribunal también desestimó la posibilidad de que en dicha sesión no se hubiera cumplido un quórum pues el aparato judicial considera que el número mínimo de miembros debería ser de 5 y no de seis, ya que en su análisis, el demandante estaba incluyendo personas sin voto como la secretaria general del Consejo, que no es tenida en cuenta para este tipo de situaciones.
En cuanto a la supuesta incompetencia del funcionario delegado por la gobernadora para presidir la sesión, el Tribunal aseguró que “no se infiere que exista prohibición para que las facultades del gobernador puedan ser ejercidas mediante la modalidad de encargo”.
Si bien los artículos de los acuerdos superiores señalan que en ausencia del gobernador, el mismo podrá ser presididdo por el delegado del Ministerio de Educación o el representante de la Presidencia, el Tribunal aclara que no se precisa nada con respecto a una persona que se encuentre investida con la dignidad que le otorgó la Gobernación, por lo que se presume entonces que al haber un encargado de la gobernadora, el miembro no se encuentra ausente.
Después del minucioso análisis, el Tribunal optó por “denegar la medida cautelar solicitada por parte del accionante”, por lo que Pablo Vera podrá posesionarse como rector de la universidad.
Y aunque la demanda fue admitida ya que cumplía con los requisitos formales, solo basta revisar los argumentos preliminares del Tribunal para interpretar que desde ya puede entreverse que Pablo Vera, rector elegido por el cuerpo estudiantil y por la mayoría del Consejo Superior, seguirá siendo el rector de la Unimag.
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